viernes, 26 de diciembre de 2008

La producción de seguros aumenta un 9,9% en octubre

En el mes de octubre la producción total de seguros se elevó a 2.317 millones de pesos (682 millones de dólares), el 9,9% más que en el mismo mes de 2007. Los datos pertenecen a la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS), que indica en sus estadísticas que en los últimos doce meses la producción mensual se ha mantenido por encima de los 2.000 millones de pesos, por lo que “la producción acumulada en los últimos doce meses, a valores constantes de octubre de 2008, alcanzó los 27.149 millones de pesos (7.990 millones de dólares). Representan un crecimiento del 10% respecto del valor registrado en los últimos doce meses a octubre de 2007”.En seguros Patrimoniales la producción se elevó a 1.777 millones de pesos (523 millones de dólares), el 2% más que en septiembre y un 18% más que en octubre de 2007. En Autos, sin embargo, se registró una caída del 0,6%, situándose en 833 millones de pesos (245,1 millones de dólares).En cuanto a la estructura de la producción, al cierre del décimo mes del año los seguros Patrimoniales representaban el 77% del total (71% un año antes), frente al 15,8% de Vida (20% un año antes). También descendió la cuota de los seguros de Retiro, que bajó del 9% al 8%.

Fuente:www.fideseguros.com

Más de la mitad de los vehículos circula sin el seguro obligatorio

En los últimos 10 años, el parque automotor de la provincia se duplicó. Pero no ocurrió lo mismo con la contratación obligatoria de seguros de responsabilidad civil. Según datos suministrados por la Superintendencia de Seguros de la Nación, sólo el 47 por ciento de los vehículos en circulación en San Juan y en condiciones de ser asegurado cuenta con un seguro de este tipo. Fuentes empresariales confirmaron además la falta de cumplimiento de este requisito exigido por la Ley de Tránsito, la 24.449.El parque automotor de San Juan en 1998 ascendía a 120.908 vehículos, según datos de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios. Y en un lapso de 10 años, llegó a más del doble. Actualmente hay 250.000 vehículos en circulación, de los cuales el 80 por ciento (unos 200.000) está en condiciones de ser asegurado por no tener más de 20 años de antigüedad o por ser más antiguo pero con la inspección mecánica superada. De estos 200.000, sólo 94.000 están asegurados como establece la ley.Pero los sanjuaninos no son los únicos que eluden esta obligación. A nivel nacional, los propietarios de vehículos que contratan y mantienen al día el pago del seguro de responsabilidad civil difícilmente superan el 60 por ciento, según las estadísticas que maneja la Superintendencia de Seguros de la Nación. En Buenos Aires sólo lo hace el 55,4%; en Entre Ríos, el 48,2%; en Corrientes, el 45,2%; en Córdoba, el 44,4%; y en Chubut, el 36,8%, por citar algunos ejemplos.Tanto las empresas aseguradoras como la Policía sostienen que pasa más por una cuestión de falta de conciencia y responsabilidad que por cuestiones económicas. "La gente toma conciencia de la importancia de contar con un seguro de responsabilidad civil después de que es protagonista de un siniestro -opinó Hermes Rodríguez, de la empresa Hermes Brokers de Seguros-. Y sobre todo si se trata de la pérdida del auto por robo".Según Rodríguez, la mayoría de los propietarios de vehículos contratan un seguro de responsabilidad civil para tener cobertura contra robo e incendio como prioridad, y luego contra accidentes y muerte.A su vez, Miguel Rodríguez, de la aseguradora La Caja, dijo que, a la hora de contratar un seguro de este tipo, muchos clientes se fijan en el precio y no en los beneficios. "Vienen y dicen que quieren uno que salga barato porque lo único que les importa es cumplir con este requisito y que la Policía no les quite el auto -sostuvo Rodríguez-. Ni siquiera preguntan cuál es el monto de la póliza o averiguan si la empresa que contratan trabaja con responsabilidad".Pero si bien 106.000 vehículos circulan sin estar asegurados, la falta de este requisito no es la principal causa de infracción. "La causa principal es la falta de elementos de seguridad en el vehículo como matafuegos, cinturón de seguridad y luces reglamentarias -contó el comisario Abel Hernández, al frente de la División Tránsito de la Policía-. Luego sigue el conducir en malas condiciones psicofísicas y, en tercer lugar, la falta de seguro".Según Hernández, el no cumplimiento de este requisito de circulación vehicular también se debe al desconocimiento de los castigos que involucra. Afirmó que la mayoría de los infractores se sorprenden cuando, además de la multa por esta infracción (el monto lo determina el juez), se le quita el vehículo tal como está previsto por ley.


Fuente: Diario el cuyo

La producción de seguros aumenta un 9,9% en octubre

En el mes de octubre la producción total de seguros se elevó a 2.317 millones de pesos (682 millones de dólares), el 9,9% más que en el mismo mes de 2007. Los datos pertenecen a la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS), que indica en sus estadísticas que en los últimos doce meses la producción mensual se ha mantenido por encima de los 2.000 millones de pesos, por lo que “la producción acumulada en los últimos doce meses, a valores constantes de octubre de 2008, alcanzó los 27.149 millones de pesos (7.990 millones de dólares). Representan un crecimiento del 10% respecto del valor registrado en los últimos doce meses a octubre de 2007”.En seguros Patrimoniales la producción se elevó a 1.777 millones de pesos (523 millones de dólares), el 2% más que en septiembre y un 18% más que en octubre de 2007. En Autos, sin embargo, se registró una caída del 0,6%, situándose en 833 millones de pesos (245,1 millones de dólares).En cuanto a la estructura de la producción, al cierre del décimo mes del año los seguros Patrimoniales representaban el 77% del total (71% un año antes), frente al 15,8% de Vida (20% un año antes). También descendió la cuota de los seguros de Retiro, que bajó del 9% al 8%.

martes, 9 de diciembre de 2008

ART mas Responsabilidad Civil

Riesgos del Trabajo: cambios en el seguro laboral
¿Se viene el seguro de responsabilidad civil para los accidentes de trabajo?Al menos eso es lo que afirman los especialistas en derecho laboral a partir del último fallo de la Corte Suprema de Justicia que volvió a ratificar que el cobro de las indemnizaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) no impide al trabajador accidentado reclamar ante la Justicia Civil.
Y si obtiene un pronunciamiento favorable, lo cobrado de la ART se considera a cuenta del resarcimiento que determine la Justicia. El fallo fue dictado en beneficio de Raul Llosco, un trabajador jujeño que sufrió un accidente en su trabajo.
"Nada impide que un operario dañado reclame y obtenga de la ART lo que la LRT le reconoce y, posteriormente, impugne esta ley en la medida en que le niega la posibilidad de reclamar al empleador, por la vía civil, la diferencia indemnizatoria que estime insatisfecha ",sostuvieron los jueces de la Corte de la Nación.
Así, todo indica que se zanjó la discusión abierta desde 1995 cuando se sancionó la LRT por-que la Corte Suprema terminó por rechazar que las ART puedan funcionar como un sistema tarifado exclusivo y cerrado.Y también rechazó la alternativa de la "opción excluyente ":o sea,que el trabajador accidentado debe op tar entre cobrar las prestaciones de la ART o accionar por la vía de la Justicia. Para el máximo Tribunal, rige el "cúmulo ": el pago de la ART es a cuenta de lo que fije la Justicia .
El post fallo
Así las cosas,los especialistas entienden que habría que reformular la ley y legalizar el seguro patronal de responsabilidad civil para los accidentes laborales a cargo de las ART y/o compañías de seguros.
"Lo más caro es la situación actual. Porque hoy no hay nada que cubra al empleador frente a un accidente laboral que termina en un juicio favorable al trabajador. A partir de ahí habrá que diseñar un seguro de responsabilidad patronal ", sostiene Jorge Ferrari, titular de la consultora de seguros Eurosred.
Para Mara Bettiol, de la Unión de ART,"este fallo instala nuevamente la necesidad de disponer a la brevedad de un nuevo texto normativo que,considerando los criterios de la Corte,fije una fórmula de convivencia entre el sistema tarifado y el del Código Civil,en el marco del seguro,que es la única forma de dar certidumbre a empleadores y trabajadores ".
Y para que sea asegurable la responsabilidad civil,agrega que "es preciso que haya una nueva ley que fije prestaciones acorde con criterios aceptables y genere una fórmula de convivencia entre el sistema de Riesgos del Trabajo y el Código Civil


Fuente: La Nación

La actualidad del sistema de ART

Tras los rumores sobre la posible estatización del sistema de Riesgo del Trabajo que hicieron vibrar por algunas horas las oficinas de la Unión de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (UART)‚ la cámara que nuclea a 19 de las 22 compañías del ramo‚ difundió un reciente informe en donde valoriza la capacidad del sistema haciendo hincapié en las vidas q se han salvado y vuelve a alertar sobre la creciente escalada de juicios y sobre la necesidad de promulgar una nueva Ley de Riesgo del Trabajo (LRT) .El documento “Riesgo del Trabajo – Indicadores de gestión y situación actual; Noviembre 2008” destaca la labor realizada durante los 11 años de vigencia del sistema de ART en el cual se bajó 44‚2 por ciento la cantidad de siniestros fatales en el ámbito laboral en 2007 respecto a 1997.La cantidad de trabajadores muertos por cada millón se redujo en un 38‚1 por ciento en la última década‚ si se incluyen los incidentes in itinere (en camino o de vuelta del trabajo)‚ desde 233‚2 en 1996 hasta 144‚3 en 2007.En la actualidad el sistema de ART le brinda cobertura a 7.720.000 trabajadores y 736.000 empresas y de los cuales mas de 600.000 trabajadores reciben atención médica integral. Si se realiza un desglose por gremio sobre el total de la masa cubierta‚ el informe muestra que el mayor avance se logró en la minería (-74‚6 por ciento de fallecidos en lugares de trabajo)‚ detrás quedaron la industria (-56 por ciento )‚ el comercio (-53 por ciento)‚ los servicios financieros (-51 por ciento). A la vez‚ las menores bajas relativas en la incidencia de fallecidos se experimentaron en la construcción (-29 por ciento)‚ los servicios sociales (-22 por ciento) y la electricidad (-4 por ciento).Pero el documento elaborado por la UART‚ vuelve a reflejar a alarmante y constante escalada de juicios que se registran en la actividad lo que sigue representando mayores gastos operativos y de cobertura debido a la mayor conflictividad.En lo que va del año ya se superó la marca de 2007‚ la cual había alcanzado los 17.232 litigios‚ y para lo que resta de este 2008 se calcula que aún quedan por iniciarse mas de 9000 demandas mas‚ por lo que este año se llegaría a los 27416 litigios.La estimación de la UART por jurisdicción para este 2008‚ señala que por cada 10000 trabajadores cubiertos ingresan en la provincia de Córdoba 130‚3 juicios; Mendoza 109‚2; Santa FE 93‚6; Buenos Aires 28‚9 y en Capital Federal hay 17‚8.Según explica la UART‚ los requisitos para encontrarle una solución a esta situación es “resguardando adecuadamente el funcionamiento actual”. Así también afirman que se debe “reinstaurar la certidumbre‚ con una nueva norma que permita la asegurabilidad –y agregan- disponiendo de una norma que sea respetada por los diferentes estrados judiciales”.En referencia a la nueva norma que debiera dictarse‚ esta debería establecer que “la reparación sea predeterminada por fórmulas que sean avaladas por la justicia”. En lo que respecta a las contigencias‚ tendrían qu e ser “claramente definidas a través del Baremo y el Listado de enfermedades”.Así mismo‚ aseguran que tendría que contarse con un “procedimiento administrativo previo obligatorio con patrocinio jurídico que permita la agilidad de las prestaciones”. Y los mas importante: las obligaciones de cada actor del sistema deben ser precisas y cumplibles.Tanto la UART‚ como el Ministerio de Trabajo‚ empresarios y gremialistas viene trabajando en forma conjunta hace un tiempo tratando de elaborar una nueva Ley de Riesgo de Trabajo que cumpla con la expectativa de todos los sectores involucrados.Sin embargo‚ estas reuniones se han suspendido en el último tiempo y no hay previstas nuevas fechas para los futuros encuentros‚ por lo que ya hay quienes aseguran que sea difícil contar un una nueva norma antes de fin de año. Es evidente que el sistema en estas actuales condiciones no puede seguir más. Es necesaria y con carácter de urgencia una nueva norma que garantice la actividad y el futuro de los trabajadores‚ por lo que no hay que desaprovechar ni dejar pasar este momento en donde los diversos sectores intervinientes se han puesto a trabajar en conjunto‚ porque sino‚ después va a ser tarde para quejarse.

Fuente:
www.buenafuente.com.ar

lunes, 8 de diciembre de 2008

La ART no debe responder en todos los casos

La Cámara del Trabajo rechazó una demanda para que se obligue a una ART a indemnizar a la familia de un trabajador fallecido. Se entendió que la enfermedad no se encontraba incluida dentro de las dolencias resarcibles. Además, se dijo que no se logró acreditar la vinculación entre las tareas desarrolladas y la enfermedad del difunto.
En los autos caratulados ““Suarez Sandra Elizabeth c/ LIberty ART S.A. s/ Accidente Ley 9688”, la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, decidió confirmar la sentencia apelada. La resolución, fue adoptada por los jueces Juan Carlos Morando y Gabriela Vázquez.
En la presente causa, se rechazó la pretensión deducida por la esposa e hijas de un trabajador fallecido, que reclamaban una indemnización por la muerte del difunto en el marco de la ley 24.557, al indicar que el infortunio se produjo como consecuencia de una enfermedad contraída mientras trabajaba para su empleadora.
En primera instancia, se sostuvo que “la enfermedad denunciada (salmonellosis) como causa de la muerte del trabajador, no se encontraba incluida en el número cerrado de dolencias resarcibles”, además de estimar que no se acreditó la vinculación entre la patología informada por el perito médico y las tareas desarrolladas por el actor.
La Cámara confirmó esta decisión, al sostener que “no se acreditó en la causa, ni que la enfermedad que padeciera el causante haya sido la causa del deceso, ni que las tareas que realizara para la firma Nutrimentos SA hayan sido las que provocaron la dolencia.”
En efecto, se señaló que ninguna de las pruebas aportadas por las demandantes, lograron concluir que “existió causalidad entre el trabajo y la enfermedad, y entre ésta y la muerte del mismo.”
Agregaron a esto, que la queja sobre este tópico, “no constituye una crítica concreta y razonada del fallo en crisis, porque sólo trasluce una disconformidad meramente subjetiva”.
Además, se sostuvo que “no hay en la causa una conexión concreta que permita sostener la tesis de la actora más que en base a meras conjeturas o hipótesis que no fueron confirmadas.”
Por lo que en base a lo indicado, no hicieron lugar al reclamo, al entender que no había prueba que sustente la vinculación jurídica entre las tareas desarrolladas y la enfermedad, como asimismo que la muerte haya sido causada por aquélla.

FALLO COMPLETO Fallo completo
Fuente: Diario Judicial

Alivio para los consorcistas

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal anuló las resoluciones de la AFIP que obligaban a los administradores de consorcios a revelar datos de los propietarios. Para la Justicia se estaba incurriendo en un exceso.
Mediante la resolución general N° 2.159 y su complementaria N° 2.207, la Administración Federal de Ingresos Públicos obligaba a los administradores de consorcios a dar datos de los propietarios bajo apercibimiento de sufrir sanciones patrimoniales.
La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, integrada por Marta del Valle Herrera y Carlos Grecco, hizo lugar a la acción de amparo presentada por la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal que cuestionaba las resoluciones de la AFIP.
Los administradores debían informar sobre sumas que en concepto de expensas comunes y contribuciones para gastos cobran en cada semestre calendario por propiedades ubicadas en edificios de propiedad horizontal, countries, barrios cerrados, clubes de campo, barrios privados, y todo otro tipo de complejo urbanístico, mediante la utilización de la transferencia electrónica de datos.
La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal cuestionó la legitimidad de la exigencia impuesta por la AFIP con relación a los terceros cuyos datos se les requerían. Para la asociación civil esa obligación afecta su derecho a ejercer una industria lícita, a la propiedad, a la igualdad, su derecho de defensa, y los obliga también a violar el deber de confidencialidad con respecto a sus administrados.
Si bien en primera instancia, la Justicia rechazó el planteo aduciendo que la vía del amparo no era la vía idónea, la Cámara sí lo consideró el mecanismo procesal idóneo.
Para los jueces “resulta irrazonable al obligar al administrador que suministre datos personales de los propietarios o sujetos obligados al pago de las expensas en los inmuebles que administran, cuando éstos no se relacionan directamente con el mandato que el consorcio le otorga… La situación se agrava con las sanciones que el propio régimen prevé para casos de incumplimientos”.
El administrador “sólo actúa como un mandatario u órgano del consorcio en los asuntos relativos a las cosas comunes, por lo que no puede considerárselo incluido entre los entes a los que la ley 11.683 (art. 107) identificó como obligados con el deber de colaboración que la norma consagra, respecto de los terceros indicados en la Resolución 2159 ni mucho menos, en punto al contenido personal de la información que se le exige”.
Para los jueces “la resolución 2159, al definir un sujeto pasivo de la obligación que escapa de los alcances de la ley 11.683, incurre en un exceso del ejercicio de la facultad reglamentaria invocada” por la AFIP.


FALLO COMPLETO Fallo completo

Fuente: www.diariojudicial.com

LA SINIESTRALIDAD VIAL DURANTE EL 2008.

El ISEV dio a conocer un nuevo informe sobre la siniestralidad vial en Argentina, en este caso correspondiente al período Enero - Octubre 2008.

En ese sentido, en lo que hace a los accidentes graves por tipo de vehículo involucrado, se observó que los Autos/Utilitarios lideran el ranking con el 55%, seguidos de Moto/Ciclomotor (24%), Camiones (11%), Ómnibus (5%), Bicicletas (4%) y Ferrocarril (1%).

Asimismo, en cuanto a la distribución porcentual respecto al total de los muertos en siniestros viales por tipo de vehículo involucrado, están al frente Autos/Utilitarios (54%), seguido por Camiones (16%), Moto/Ciclomotor (15%), Ómnibus (9%), Bicicletas (4%) y Ferrocarril (2%). "Desde abril del presente año se observa un crecimiento sostenido de la siniestralidad vial grave, la cual sólo decae en Octubre, presentando este mes una magnitud similar a uno de los “picos” del año 2007", explicaron.

Por el contrario, la evolución de la mortalidad vial no sigue el mismo proceso evolutivo de la siniestralidad vial grave en forma proporcional, ya que si bien en términos absolutos la "mortalidad" no desciende, su magnitud no crece al mismo ritmo que la siniestralidad vial grave, sino que es mucho menor y con perfil descendente de su línea exponencial para el año en curso.

Por su parte, se advierte que la morbilidad (los heridos graves) continúa creciendo: así como para los años 2005/6 no superaban las 85 víctimas diarias, en la actualidad superan las 100.

Fuente: ISEV

Key Man Insurance, asegurando al trabajador clave de la empresa

Las empresas suelen contratar seguros para proteger sus activos físicos y cubrirse de demandas por daños a terceros. Pero, ¿por qué no asegurar también a los trabajadores más importantes?

Hernán Padilla, Director Comercial de Reaseguros de Risk Group, explicó que las empresas suelen contratar seguros para proteger sus activos fijos y para resguardarse de posibles demandas por daños a terceros. Sin embargo, a pesar de todas estas precauciones, la mayoría sigue expuesta a un riesgo fundamental: ¿qué sucede en caso de muerte, incapacidad física o enfermedad prolongada de un trabajador clave? En toda firma, independientemente de su tamaño, existen ciertas personas indispensables para el crecimiento: un vendedor extraordinario, un empleado de gran creatividad o un gerente excepcionalmente hábil para el manejo político. ¿Cuánto perdería la empresa en caso de que alguno quedara incapacitado para trabajar?En general, los directivos no se anticipan a estos escenarios sino que sólo toman medidas reparatorias una vez ocurrido lo peor. Pero lo cierto es que las medidas reactivas implican ciertos costos que podrían haberse evitado a través de la prevención. En este caso, la incapacidad del empleado clave implica pérdida de ingresos, gastos de reemplazo y entrenamiento del nuevo trabajador, etc. Ahora bien, ¿cómo puede la empresa protegerse de estos costos?En el mundo de los seguros, existe un producto denominado Key Man Insurance que, como su nombre lo indica, cubre a la organización en caso de incapacidad de sus trabajadores clave. Básicamente, se trata de un seguro de vida. Su particularidad es que se aplica exclusivamente a quienes desempeñan un rol importante en la vida de la empresa. La cobertura se "gatilla" en caso de que el trabajador asegurado quede incapacitado por alguno de los motivos establecidos en el contrato. Así, el seguro otorga a la firma una cierta cantidad de capital que podrá utilizar para cubrir los costos de personal temporario, compensar la pérdida de ingresos y financiar la búsqueda y capacitación de su reemplazante. En definitiva, nada puede reemplazar a las personas. Sin embargo, los imponderables ocurren. Y asegurar a sus mejores trabajadores permite a una organización reducir los costos de perder talento clave. Fuente: Materia Biz
Argentina - Key Man Insurance, asegurando al trabajador clave de la empresa.
Las empresas suelen contratar seguros para proteger sus activos físicos y cubrirse de demandas por daños a terceros. Pero, ¿por qué no asegurar también a los trabajadores más importantes?

Hernán Padilla, Director Comercial de Reaseguros de Risk Group, explicó que las empresas suelen contratar seguros para proteger sus activos fijos y para resguardarse de posibles demandas por daños a terceros. Sin embargo, a pesar de todas estas precauciones, la mayoría sigue expuesta a un riesgo fundamental: ¿qué sucede en caso de muerte, incapacidad física o enfermedad prolongada de un trabajador clave? En toda firma, independientemente de su tamaño, existen ciertas personas indispensables para el crecimiento: un vendedor extraordinario, un empleado de gran creatividad o un gerente excepcionalmente hábil para el manejo político. ¿Cuánto perdería la empresa en caso de que alguno quedara incapacitado para trabajar?En general, los directivos no se anticipan a estos escenarios sino que sólo toman medidas reparatorias una vez ocurrido lo peor. Pero lo cierto es que las medidas reactivas implican ciertos costos que podrían haberse evitado a través de la prevención. En este caso, la incapacidad del empleado clave implica pérdida de ingresos, gastos de reemplazo y entrenamiento del nuevo trabajador, etc. Ahora bien, ¿cómo puede la empresa protegerse de estos costos?En el mundo de los seguros, existe un producto denominado Key Man Insurance que, como su nombre lo indica, cubre a la organización en caso de incapacidad de sus trabajadores clave. Básicamente, se trata de un seguro de vida. Su particularidad es que se aplica exclusivamente a quienes desempeñan un rol importante en la vida de la empresa. La cobertura se "gatilla" en caso de que el trabajador asegurado quede incapacitado por alguno de los motivos establecidos en el contrato. Así, el seguro otorga a la firma una cierta cantidad de capital que podrá utilizar para cubrir los costos de personal temporario, compensar la pérdida de ingresos y financiar la búsqueda y capacitación de su reemplazante. En definitiva, nada puede reemplazar a las personas. Sin embargo, los imponderables ocurren. Y asegurar a sus mejores trabajadores permite a una organización reducir los costos de perder talento clave.


Fuente: Materia Biz

Martín Gauto, nuevo presidente de AVIRA

La Asociación de Aseguradores de Vida y Retiro de la República Argentina (AVIRA) ha nombrado a Martín Gauto (PRUDENTIAL SEGUROS) nuevo presidente hasta octubre de 2009. Hasta ahora era tesorero de la asociación; sustituye en la Presidencia a Gabriel Chaufan.Gauto ha avanzado que “en este período será nuestro objetivo continuar en la tarea de crear conciencia aseguradora en la sociedad argentina. De este modo, lograremos que tanto los seguros de Retiro como los de Vida alcancen el importante y creciente desarrollo que tienen en otros mercados y puedan cumplir plenamente su importante rol social: constituirse en complemento jubilatorio voluntario y en un instrumento de protección familiar, ante a la desaparición del sostén económico del hogar”. Añadió en su alocución que “agradezco profundamente en nombre de la Comisión Directiva y en el mío propio, la tarea de mi antecesor en el cargo, Gabriel Chaufan, quien desempeñara su función con responsabilidad y entrega, representando a los intereses del sector y colaborando con la expansión de esta particular rama de la actividad aseguradora”.La Directiva de AVIRA la completan Fabián Hilsenrat (BINARIA), Luis Lategana (METLIFE), Gabriel Chaufan (COLSOLIDAR), Carola Fratini (HSBC NY LIFE) y Eduardo Cassese (ALICO).

Daño ambiental

Daño ambiental La Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó la primera póliza de seguro por daño ambiental de incidencia colectiva que permite a las empresas que puedan contratar este tipo de pólizas. De esta manera se concreta lo que hace más de seis años esperaban las compañías para poder dar cumplimiento a la Ley General de Ambiente (LGA). Las primas van de $120 mil a $50 millones al año. La obligación por parte de las empresas de contratar seguros, destinados a cubrir riesgos derivados de actividades que pudieran afectar el medio ambiente, terminó de regularse con la publicación en el Boletín Oficial la Resolución 1398/08 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.CapacitaciónLa Asociación Argentina de Productores Asesores de Seguros, realizó una jornada de extensión profesional en la ciudad de Luján (Rodizio Campo). Con la participación de Luis Malaspina (ACSEG Broker de Garantías), Leonardo Glikin, (Consultor en Planificación de CAPS) y Gabriela Paula Barrial (Consultora en capital humano) como disertantes, se realizaron tres conferencias que inauguraron una original modalidad, con un enfoque práctico, dirigido al productor asesor como profesional y hombre de negocios, facilitando nuevas herramientas para el desempeño de la actividad. Nuevo productoAllianz lanzó un nuevo producto que asegura al cliente la tranquilidad en todos sus viajes, `Allianz Tr@vel`. Ampliando su oferta de productos, Allianz Argentina junto a Mondial Assistance, desarrollaron este producto, que asegura al cliente la tranquilidad y protección a la hora de emprender un viaje familiar, en pareja o por negocios, combinado con una fácil y ágil contratación online. Ingresando a la web de la compañía, el cliente podrá cotizar y adquirir de manera simple y sencilla el producto de su interés, y obtener su certificado de cobertura en el momento. `Es un producto que buscaremos comercializar a través de varios canales de distribución. En primer lugar, de forma online, para el cliente final. Adicionalmente, estamos trabajando en la implementación del concepto de venta para nuestra red de productores, así como también redes relacionadas`, comenta Edward Lange, CEO de Allianz.Seminario La Unión de ARTs anuncia que el próximo 18 de noviembre se desarrollará el XXXVII Seminario Abierto Anual sobre Prevención de Riesgos en la Actividad Agropecuaria, actividad gratuita pero con inscripción previa. Tendrá lugar en la Sala III del Centro Cultural Borges, sito en Viamonte 525, Buenos Aires, entre las 9 y las 17. Se otorgará Certificado de Participación al finalizar. El mismo se organiza conjuntamente con la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires (FAUBA) y la Fundación Iberoamericana de Seguridad y Salud Ocupacional (FISO). Los temas a abordar serán: los principales riesgos que presenta la actividad; operación segura de maquinarias agrícolas; prevención de riesgos en silos y del tránsito con maquinarias agrícolas. Además, se desarrollarán aspectos sobre la utilización de indumentaria de alta visibilidad. Estos puntos serán dictados por Ana Amador (UBA), Daniel Jorajuría (UNLP), Adriana Varela (3M) y Pablo Furgiuele (CESVI). Informes e inscripción: www.fiso-web.org o info@fiso-web.orgSociedadAon Affinity, como parte de su estrategia de expansión en la región, presenta un programa completo de seguros masificados en sociedad con el Banco Agrario de Colombia. La entidad estatal focalizada en el desarrollo agropecuario cuenta con un 70% de las 735 agencias del banco, localizada en el área rural colombiana.El programa está apoyado por el Ministerio de Agricultura local debido a que brinda beneficios a miles de familias productoras rurales de baja renta. Aon Affinity Colombia trabajó junto a cuatro compañías aseguradoras que actúan en ese país y capacitó a más de tres mil empleados bancarios.El broker ofrecerá seguros de vida, educacional, residencial, hurto, accidentes personales, salud, renta por internación hospitalaria y dolencias graves, desempleo y el seguro obligatorio de autos. Todos estos productos serán lanzados antes del inicio del próximo año.

Fuente: El Selector- El Cronista - Argentina

Más de la mitad de los vehículos circula sin el seguro obligatorio

Son datos proporcionados por la Superintendencia de Seguros de la Nación y confirmados por aseguradoras de la provincia.En los últimos 10 años, el parque automotor de la provincia se duplicó. Pero no ocurrió lo mismo con la contratación obligatoria de seguros de responsabilidad civil. Según datos suministrados por la Superintendencia de Seguros de la Nación, sólo el 47 por ciento de los vehículos en circulación en San Juan y en condiciones de ser asegurado cuenta con un seguro de este tipo. Fuentes empresariales confirmaron además la falta de cumplimiento de este requisito exigido por la Ley de Tránsito, la 24.449.El parque automotor de San Juan en 1998 ascendía a 120.908 vehículos, según datos de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios. Y en un lapso de 10 años, llegó a más del doble. Actualmente hay 250.000 vehículos en circulación, de los cuales el 80 por ciento (unos 200.000) está en condiciones de ser asegurado por no tener más de 20 años de antigüedad o por ser más antiguo pero con la inspección mecánica superada. De estos 200.000, sólo 94.000 están asegurados como establece la ley.Pero los sanjuaninos no son los únicos que eluden esta obligación. A nivel nacional, los propietarios de vehículos que contratan y mantienen al día el pago del seguro de responsabilidad civil difícilmente superan el 60 por ciento, según las estadísticas que maneja la Superintendencia de Seguros de la Nación. En Buenos Aires sólo lo hace el 55,4%; en Entre Ríos, el 48,2%; en Corrientes, el 45,2%; en Córdoba, el 44,4%; y en Chubut, el 36,8%, por citar algunos ejemplos.Tanto las empresas aseguradoras como la Policía sostienen que pasa más por una cuestión de falta de conciencia y responsabilidad que por cuestiones económicas. `La gente toma conciencia de la importancia de contar con un seguro de responsabilidad civil después de que es protagonista de un siniestro -opinó Hermes Rodríguez, de la empresa Hermes Brokers de Seguros-. Y sobre todo si se trata de la pérdida del auto por robo`.Según Rodríguez, la mayoría de los propietarios de vehículos contratan un seguro de responsabilidad civil para tener cobertura contra robo e incendio como prioridad, y luego contra accidentes y muerte.A su vez, Miguel Rodríguez, de la aseguradora La Caja, dijo que, a la hora de contratar un seguro de este tipo, muchos clientes se fijan en el precio y no en los beneficios. `Vienen y dicen que quieren uno que salga barato porque lo único que les importa es cumplir con este requisito y que la Policía no les quite el auto -sostuvo Rodríguez-. Ni siquiera preguntan cuál es el monto de la póliza o averiguan si la empresa que contratan trabaja con responsabilidad`.Pero si bien 106.000 vehículos circulan sin estar asegurados, la falta de este requisito no es la principal causa de infracción. `La causa principal es la falta de elementos de seguridad en el vehículo como matafuegos, cinturón de seguridad y luces reglamentarias -contó el comisario Abel Hernández, al frente de la División Tránsito de la Policía-. Luego sigue el conducir en malas condiciones psicofísicas y, en tercer lugar, la falta de seguro`.Según Hernández, el no cumplimiento de este requisito de circulación vehicular también se debe al desconocimiento de los castigos que involucra. Afirmó que la mayoría de los infractores se sorprenden cuando, además de la multa por esta infracción (el monto lo determina el juez), se le quita el vehículo tal como está previsto por ley

Fuente : Diario de Cuyo - Argentina

Pilar: persecución a piratas del asfalto termina con un tiroteo en un colegio

Tres delincuentes que habían asaltado un camión que cargaba cueros fueron detenidos, tras tirotearse con la policía en el campo de deportes de un instituto educativo
Una persecución a tres delincuentes terminó con un tiroteo en el campo de deportes de un colegio de Pilar. Todo comenzó alrededor de las 11 en la localidad bonaerense de Tortuguitas, en Malvinas Argentinas, cuando una banda de piratas del asfalto robó un camión cargado de cueros.
Los delincuentes se dirigieron a Pilar y estacionaron el camión para descargar la mercadería en la colectora de Panamericana. Allí la policía les pidió identificación, por lo que los ladrones huyeron del lugar a pie. La persecución culminó en el campo de deportes del Instituto Madre del Divino Pastor, en la ruta 25 y Doctor Hussai.
Los tres detenidos son mayores de edad y quedaron a disposición de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) en turno de Pilar


Fuente: Clarin Digital.