sábado, 14 de febrero de 2009

Ya tendría que haber una nueva Ley de Riesgos de Trabajo”

Ricardo Guibourg, juez de la Cámara del Trabajo, opinó sobre la controvertida norma y los proyectos de reforma a la ley laboral. Además, analizó la situación del fuero y la seguridad jurídica en Argentina. Qué balance hace el magistrado del año que se acaba de ir. Las perspectivas para 2009

En una entrevista con iProfesional.com, el magistrado opinó sobre la demora en la sanción de una nueva Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), la seguridad jurídica en el país y los numerosos proyectos de reforma a la Ley de Contrato de Trabajo que el Congreso tiene en estudio. - El reciente fallo de la Corte Suprema que postuló que no resulta necesario estar afiliado a un sindicato con personería gremial para ser candidato a delegado ¿rompe con el modelo sindical clásico argentino?- La Corte lo que ha dicho es que por mucho que se de prioridad al sindicato con personería gremial, esta prioridad no debería ser tan fuerte que en la práctica elimine a los sindicatos simplemente inscriptos. El fundamento de la Corte es inatacable y excelente. Ahora lo que sí se puede ver es que la decisión de la Corte entra un poco de contramano con la organización sindical argentina desde la década del 40, donde siempre ha habido un criterio de unidad sindical protegida por la ley, y en donde no están excluidos los sindicatos simplemente inscriptos pero en la práctica tienen tan pocas atribuciones que si no tienen personería gremial prácticamente no pueden hacer nada. De modo que en esto sí se plantea como libertad sindical; a saber si es realmente cada trabajador libre de fundar un sindicato, de afiliarse o no y si en caso de que haya un sindicato rival del que tenga mayor poder, este sindicato va a poder competir de algún modo con el primero.Aunque reconoce que la Justicia del trabajo “esta abarrotada” con muchos expedientes, el magistrado destaca sin embargo que los tiempos que demanda la tramitación de un juicio laboral se han acortado: “En este momento un proceso está terminado con Cámara y todo en menos de un año en promedio, lo que no está nada mal en comparación con los cuatro o cinco años que antes insumían esos procesos”.- Este año se sancionaron algunas leyes que fueron controvertidas, como por ejemplo la eliminación de las AFJP o la estatización de Aerolíneas Argentinas: ¿estas leyes afectan la seguridad jurídica?- La expresión seguridad jurídica es una expresión con trampa, como muchas otras que se utilizan en el ámbito del derecho. Llamo seguridad jurídica al hecho de que haya normas generales que todos conozcan, que todos sepan qué quieren decir en la práctica, y que luego sean cumplidas en general. Otros hablan de seguridad jurídica de un modo parcial; es decir, hay seguridad jurídica cuando las leyes dicen lo que uno quiere y hay inseguridad jurídica cuando dicen lo que uno no quiere. Cada vez que se produce una estatización o una nacionalización aparece un coro de voces que protestan por falta de seguridad jurídica; a lo mejor tienen razón, pero yo desconfío de la sinceridad de los que hablan de este modo porque me parece que están defendiendo siempre intereses privados. Efectivamente falta seguridad jurídica cuando el Estado viola las leyes preexistentes para hacer su voluntad, esto es cierto. Ahora por qué hay seguridad jurídica cuando se privatiza y no hay seguridad jurídica cuando se estatiza esto me parece un poco sospechoso.A pesar de remarcar que la Justicia del Trabajo está completamente informatizada, el juez destaca que faltan recursos informáticos: “Tenemos avances desarrollados y listos para poner en práctica que sin embargo no se pueden implementar por la obsolescencia de las computadoras”. - ¿Cómo se observa desde la magistratura el proceso de reforma a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) que está intentando llevar adelante el Congreso?- Este es un problema histórico en la Argentina. El derecho del trabajo es una rama del derecho que siempre se ha movido de un modo espasmódico; es decir, por explosiones. Cada vez que un grupo gremial o patronal adquiría poder entonces había alguna legislación a favor de ese poder reunido en determinado momento. Por esto el derecho del trabajo fue creciendo en base a una gran cantidad de normas y la Justicia del Trabajo tuvo que asumir la tarea de ir interpretando todo este gran lío jurídico para armarlo de una manera comprensible a través de los fallos plenarios. Todo ello fue recogido en su momento por la LCT. Sin embargo hay mucho de simbólico en la legislación. Todos ven el derecho de trabajo como un campo de batalla donde hay que llevar adelante los propios intereses y tomar revancha respecto de los intereses ajenos, cuando la legislación laboral en realidad es una especie de mediador entre dos grupos de intereses claramente enfrentados. Yo observo que a lo largo del tiempo no parece que hayamos aprendido nada de las idas y vueltas del derecho del trabajo. Seguimos sancionando leyes con criterio espasmódico, de acuerdo con el poder de turno. Y en este momento pareciera que se trata de restablecer las cosas al estado anterior al golpe del 76 por ejemplo. Bueno, no está mal reestablecer las cosas a ese estado, pero ese estado no era muy bueno, habría que haberlo organizado mucho mejor. Y este era el momento apropiado para repensar el derecho del trabajo, pero repensarlo de un modo más orgánico, más armónico y más ordenado, sin superposiciones de protecciones inútiles y sin falencias de protecciones que hacen falta y no están. Además de magistrado, Guibourg se desempeña como director de la Maestría en Filosofía del Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde enseña a sus alumnos los principales desafíos que plantea el pensamiento filosófico jurídico. “Es una maestría única en el mundo”, comenta entusiasmado durante la charla con iProfesional.com.- ¿Por qué la Justicia laboral tiene criterios tan dispares en cuestiones como la tercerización de servicios o la responsabilidad solidaria de los directores de las sociedades ante reclamos laborales?- Eso ha pasado siempre. Siempre ha habido discrepancias entre los jueces acerca de temas interpretativos. Lo que sí sería deseable es que esas discrepancias fueran dirimidas de un modo relativamente rápido por medio de fallos plenarios. Si no es por una ley, por lo menos a través de fallos plenarios. Por eso yo defiendo mucho la institución del plenario, me parece que debería haber muchísimos más plenarios de los que hay, de tal modo que sin perjuicio de que cada juez tenga su opinión y la exponga libremente, finalmente se junten todos y tomen una decisión acerca de qué es lo que van a hacer todos juntos de ahí en adelante.- ¿Por qué la Ley de Riesgos del Trabajo ha recibido tantas impugnaciones judiciales?- Es una norma que nació muy mal y con el lema de bajar costos laborales. Para esto primero se hizo un disparate constitucional que fue prohibirle al trabajador hacer demandas fundadas en el Código Civil. Todos los ciudadanos argentinos pueden demandar un daño fundado en la ley civil menos los trabajadores, que deberían ser justamente los más protegidos. Además, la ley trató de limitar en todo lo posible las perspectivas de reclamos e indemnizaciones porque se trataba de bajar costos. De modo que es una norma muy compleja y el sistema de riesgos del trabajo se armó sobre un presupuesto equivocado; entonces esta es la razón por la cual hay tanta reacción. Y el problema es que ahora todos hemos reaccionado –empezando por la Corte Suprema- pero no se ha dictado una nueva ley. Habría que dictar una nueva norma que recogiera estas impugnaciones y no dejar todo librado a una reconstrucción de la ley a partir de la Constitución, que es un problema que conspira contra la seguridad jurídica.- Desde su experiencia judicial, ¿Qué nuevas leyes laborales habría que sancionar en forma urgente?- Para empezar, habría que revisar la Ley de Asociaciones Sindicales porque a la luz de lo resuelto por la Corte Suprema aquí hay una especie de quiebre en donde es necesario encontrar un nuevo punto de equilibrio. Por otro lado, el régimen de despido, con todos los recargos temporarios y permanentes establecidos por distintas leyes, crea una especie de mosaico muy complicado que habría que ordenar, siempre desde el punto de vista de la protección del trabajador, que es la parte más débil. Ya tendría que haber una nueva LRT, con las pautas que los legisladores establecieran, pero que no fuera pasible de impugnación constitucional como ocurre ahora. - A nivel judicial, ¿Qué balance se puede hacer del 2008?-Si yo tuviera que describir el año que se fue diría que es el año de la falta de jueces, porque hay un montón de vacantes. Los magistrados se jubilan, renuncian o se van y los concursos del Consejo de la Magistratura se van haciendo pero tardan mucho en resolverse, y después que se resuelve el Poder Ejecutivo demora en tomar la decisión correspondiente. El asunto es que en este momento, para tener una idea, de 30 vocalías que existen en la Cámara del Trabajo sólo hay 19 que tienen juez titular. Esto implica un recargo extraordinario para los que quedan, aunque esto sería lo de menos porque nosotros estamos dispuestos a trabajar, para eso estamos. Pero lo más grave es que esta situación implica un daño para los trabajadores que están esperando su sentencia y que se encuentran con que sus expedientes están en un juzgado vacante que es atendido por un juez que tiene que hacerse cargo de dos juzgados y que no da abasto; o en una sala en donde hay un solo camarista y faltan dos. Es una situación insostenible y espero que en 2009 esto termine y podamos volver a tener la Justicia completamente integrada.

por:Matías Debarbieri
Fuente: iProfesional.com

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